A partir de 2011 el FAETA se integra a la rendición de cuentas señalada en el
artículo 73 de la LGCG. Está constituido por los recursos económicos para la
prestación de los servicios educativos del Colegio Nacional de Educación
Profesional Técnica (CONALEP) y el Instituto Nacional para la Educación de los
Adultos (INEA), en los términos definidos en el artículo 43 de la Ley de
Coordinación Fiscal.
Mediante este fondo los Estados reciben los recursos económicos complementarios
necesarios para prestar los servicios de educación tecnológica y de adultos.
Para mayor información consulte:
Ley de Coordinación Fiscal